Boletín de
ASOQUIM
Caracas, 29 de abril de 2003
Edición 330
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El próximo
jueves 8 de mayo, ASOQUIM celebrará su asamblea anual, la cual elegirá la
nueva Junta Directiva para el período 2003-2005, considerará la memoria y
estados financieros correspondientes al ejercicio de 2002 y el proyecto de
presupuesto para el presente año. El evento tendrá lugar en la sede de la Asociación y la agenda contempla además de los puntos administrativos, dos intervenciones a cargo de Rafael Alfonso y Luis Vicente León, quienes se referirán a la situación del país y los posibles escenarios que se le presentan, dada la crisis política, económica y social por la que atraviesa. |
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De acuerdo a una encuesta realizada por ASOQUIM acerca del régimen de control de cambios y la situación en la que se encuentran las empresas miembros de la Asociación, la exigencia de requisitos es exagerada, política que no se corresponde con mecanismos adecuados para que el cumplimiento de algunos de dichos requerimientos se haga en forma expedita. Tal es el caso de la planilla para tramitar ante CONAVI la solvencia de Política Habitacional, la cual además debe ser solicitada en las oficinas de la institución en Caracas, originando en consecuencia trabas y costos adicionales a las empresas del resto del país. Se añade también para algunos sectores, lentitud en la entrega de permisos fitosanitarios, así como las licencias del Ministerio de Agricultura y Tierras para importar productos agrícolas. De acuerdo a las respuestas de 20 cuestionarios recibidos hasta la fecha, el 40 % está registrado en el RUSAD, 37,5 % posee número de aceptación y sólo el 25 % cuenta con la autorización para recibir divisas, pero sin que hasta la fecha se haya materializado alguna operación, sin concretarse en consecuencia la venta de los dólares. |
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Exoneración
de Impuestos y Control Cambiario Según las Resoluciones 714 y 715 de la Comunidad Andina, Venezuela tiene un plazo de 15 días hábiles a partir del pasado 21 de los corrientes, para que ponga fin a la exoneración total de impuestos a la importación a una lista de productos, decretada a raíz del paro de diciembre-enero, y de 10 días a partir del 22 de este mes, para levantar la restricción al comercio intrasubregional que según la CAN ha originado nuestro país al adoptar un régimen de control de cambios. En el artículo 1 de la Resolución 714, la CAN dictamina que la exoneración de impuestos a una lista de productos por parte de Venezuela al considerarlos de “primera necesidad o de consumo masivo”, constituye un incumplimiento de obligaciones del ordenamiento jurídico de la Comunidad, en especial del artículo 4 del Tratado del Tribunal de Justicia de la CAN, de los artículos 90 y 98 del Acuerdo de Cartagena, de la Decisión 370 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena sobre Arancel Externo Común, de la Decisión 371 de la Comisión sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios y de la Resolución 501 de la Junta del Acuerdo de Cartagena. En cuanto al control de cambio, la CAN determina en la Resolución 715 que las medidas cambiarias adoptadas por Venezuela, constituyen una restricción al comercio intrasubregional, según lo dispuesto en el artículo 72 del Acuerdo de Cartagena, en su texto codificado a través de la Decisión 406 de la Comisión, que incide sobre la importación de productos originarios de los países miembros de la Comunidad Andina. Falta saber ahora cuál será la respuesta del Ejecutivo Nacional frente a estas resoluciones de la CAN, y cuál la posición que adoptará la Secretaría General de la Comunidad en caso de que nuestro país no acate las referidas disposiciones.
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Nacionalización
de Importaciones El SENIAT trabaja en un nuevo procedimiento de control posterior bajo perfiles de riesgo para la nacionalización de las importaciones del país, según lo informó el coordinador del proyecto de Modernización de las Aduanas, José Rafael Sánchez, en reunión con la Comisión de Aduanas de CONINDUSTRIA. En su presentación expuso la visión funcional del sistema de modernización aduanal, el proceso y el plan de acción para el control posterior de las importaciones y la matriz para el análisis de riesgos. Afirmó que el SIDUNEA estará en un 100 % en funcionamiento el 6 de mayo en la aduana aérea de Valencia y en la marítima de Puerto Cabello; el 12 en la aduana de San Antonio del Táchira, y el 11 en la aduana aérea de Maracaibo. Se estima que ese nuevo procedimiento de control posterior para la nacionalización de las importaciones entre en vigencia en junio próximo, una vez que se cumpla el cronograma antes descrito y el SIDUNEA funcione en consecuencia en todas las aduanas del país. |
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En
el País de Origen de las Mercancías El
próximo 8 de junio entrará en vigencia el procedimiento de inspección
o verificación de importaciones, previsto en el reglamento respectivo,
dado que fueron publicadas en Gaceta Oficial del pasado 23 de los
corrientes, las Providencias del SENIAT, mediante las cuales se autoriza
a Cotecnia Inspection, SGS Societé Generale de Surveillance S.A.,
Intertek Testing Services y Bureau Veritas para operar como empresas de
inspección o verificación en el puerto de embarque o de origen de las
mercancías. El informe de alguna de las empresas autorizadas, debe dejar constancia de la comprobación de la descripción comercial, descripción técnica, calidad, naturaleza, características, cantidad y precios de la mercancía objeto de la operación de importación, así como su ubicación arancelaria. La entrada en vigencia del procedimiento en referencia, está previsto en el artículo 52 del Reglamento, que contempla 45 días continuos una vez hecha la notificación acerca de la selección de las empresas de inspección o verificación, hecho cumplido el pasado 23 de este mes mediante la publicación en Gaceta de las providencias del SENIAT. |
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En
Página WEB de ASOQUIM En apoyo a las empresas productoras del sector en la solución de problemas coyunturales de materias primas, ASOQUIM creó en su página WEB un espacio de oferta y demanda de productos que le permitirá a fabricantes, comercializadores y relacionados de la industria química y petroquímica, realizar directamente transacciones comerciales en línea Con este servicio que ya está funcionando, ASOQUIM da respuesta a uno de los requerimientos más esperados de sus afiliados, como es el uso de las modernas tecnologías de comunicación para la oferta y demanda de sus productos. Por otra parte, se informa a los miembros de la Asociación la colocación en el directorio de la industria química de la página WEB de ASOQUIM, una sección de búsqueda de los productos del sector fabricados o comercializados en el país, con los correspondientes nombres de las empresas que los manufacturan o comercializan, dirección, teléfonos, etc. Agradecemos
al respecto a nuestros miembros, revisar sus datos y comunicar cualquier
observación a la Dirección de Comercio de ASOQUIM. |
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ASOQUIM
Recabará y Analizará Observaciones Luego de la aprobación en primera discusión del proyecto de Ley Orgánica para la Conservación del Ambiente, ASOQUIM sugiere a sus afiliados la revisión del texto y el envío de cualquier observación a la Dirección Técnica de la Asociación, las cuales serán analizadas luego en la Comisión de Ambiente para su remisión posterior a la Asamblea Nacional. El texto completo del proyecto de Ley puede ser obtenido en la página WEB de la Asamblea Nacional, www.asambleanacional.gov.ve. Buscar el índice y luego hacer clic en la sección de leyes. |
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ISO
9001:2000 Nuestras felicitaciones a AGA Gas C.A., empresa afiliada de ASOQUIM que recientemente obtuvo la certificación ISO 9001:2000, otorgada a su Sistema de Gestión de la Calidad por AQSR de Suramérica, S.A.. |
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AUTORIZACIÓN
PARA EL TRANSPORTE DE CARGA En aviso oficial del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTTT), se informa que las autoridades administrativas del tránsito y transporte terrestre, así como las unidades especiales de la Guardia Nacional, exigirán las respectivas autorizaciones para el transporte de carga con una serie de características. En el Distrito Capital la solicitud para la obtención de las mencionadas autorizaciones se harán y tramitarán ante la Gerencia de Transporte Terrestre del INTTT, y en el resto del territorio nacional ante las oficinas regionales del Instituto. Cualquier información adicional puede ser obtenida a través de los teléfonos (0212) 509.3256 / 3277 / 3210. En la página WEB de ASOQUIM se puede obtener el texto completo del aviso. Por otra parte, el INTTT, recuerda la prohibición a los vehículos de transporte terrestre de pasajeros y de carga con medidas superiores a los 4 metros de altura, de circular por el túnel La Cabrera de la autopista regional del Centro, en ambas direcciones y durante las 24 horas del día de los 365 días del año. |